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La ISFE dice que permitir vender los juegos de nuestra biblioteca de Steam supondrá “un aumento dramático de la tasa de piratería”

El primer aliado de Valve tras el fallo judicial francés que permite vender juegos de nuestra biblioteca de Steam, ha sido la ISFE

La semana pasada la justifica francesa reconoció el derecho de los usuarios en Europa a vender juegos propios de Steam. Esto se consiguió gracias a una demanda del grupo francés ‘UFC Que Choisi’ que lucha por los derechos de los consumidores. Demandaron a Valve por varias cláusulas que impiden a los usuarios de vender los juegos de su biblioteca, algo que se salta la legislación europea.

Valve estaba sola en todo este proceso, pero la cosa ha cambiado. La Federación Internacional de Software de Europa (ISFE, por sus siglas en inglés), se ha colocado al lado de Steam. Alegan que la decisión de la justicia francesa no se adapta a la legislación vigente europea. Un movimiento bastante curioso.

Tras el fallo, Valve recibe un importante apoyo

Simon Little, CEO de ISFE, consideran que la reventa de un juego poco difiere de la piratería. Dicen que esto provocaría “un aumento dramático de las tasas de piratería”, que terminaría dañando a la industria. Una visión muy catastrofista y bastante alejada de la realidad de lo que podría suceder.

“Este fallo francés va en contra de la ley establecida de la UE que reconoce la necesidad de proteger las descargas digitales de la facilidad de reproducción permitida por Internet.

Lejos de apoyar a los jugadores, esta decisión, de ser así, impactaría dramáticamente y negativamente en la inversión en la creación, producción y publicación, no solo de videojuegos, sino de toda la producción del sector del entretenimiento digital en Europa. Si los creadores de Europa no pueden proteger sus inversiones y su propiedad intelectual, el impacto tanto en la industria como en los consumidores será desastroso.

De acuerdo con la ley de derechos de autor de la UE, cuando se trata de servicios digitales y de transmisión, cada uso debe estar sujeto a la autorización del titular del derecho de autor y el derecho de autor no caduca con su primera venta, como sucede con los bienes físicos. Los bienes físicos están sujetos al “derecho de distribución” y a la “doctrina del agotamiento”, lo que significa que el comprador tiene el derecho de revender los bienes si primero se pusieron en el mercado con la autorización del propietario de los derechos de autor. Este no es el caso de las descargas digitales que están sujetas a la “comunicación al derecho público”, lo que significa que el comprador no tiene derecho a venderlas sin el permiso del propietario de los derechos de autor”

Fuente: GD

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Roberto Solé

Director de Contenidos y Redacción de esta misma web, técnico en sistemas de generación de energía renovables y técnico electricista de baja tensión. Trabajo delante de un PC, en mi tiempo libre estoy delante de un PC y cuando salgo de casa estoy pegado a la pantalla de mi smartphone. Cada mañana cuando me levanto cruzo el Stargate para hacerme un café y empezar a ver vídeos de YouTube. Una vez vi un dragón... ¿o era un Dragonite?

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